Reglamento interno
Dirigido a los participantes del centro de formación de PCSoft (PC SOFT INFORMATIQUE SAS) — formaciones presenciales y a distancia
Ley francesa n.º 2018-771 de 5 de septiembre de 2018 sobre la libertad de elegir el propio futuro profesional y Decreto n.º 2019-1143 de 7 de noviembre de 2019.
Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
El presente reglamento se establece de conformidad con lo dispuesto en los artículos L. 6352-3, L. 6352-4 y R. 6352-1 a R. 6352-15 del Código de Trabajo francés (Code du travail).
Se aplica a todos los participantes durante toda la duración de la formación cursada. Se aplica igualmente a los candidatos a la certificación durante las sesiones de evaluación.
El presente reglamento se aplica a las formaciones impartidas en las instalaciones del centro de formación de PCSoft (Le Pecq) así como a las formaciones realizadas a distancia. En este último caso, los participantes deberán, en particular, mantener activada su cámara web durante toda la formación y respetar los horarios y la firma de asistencia por medias jornadas.
Abarca todos los tiempos vinculados a la formación: sesiones de formación, pausas, comidas organizadas por el centro de formación, sesiones de evaluación, así como los intercambios realizados mediante las herramientas de formación a distancia (aula virtual, chat, foro, mensajería, herramientas colaborativas).
El reglamento tiene por objeto garantizar el buen funcionamiento del centro de formación de PCSoft teniendo en cuenta tanto a los participantes como al centro. Establece un marco individual y colectivo indispensable para el desarrollo de las formaciones y la convivencia. Con este fin:
- Precisa las obligaciones de los participantes durante el curso de formación;
- Fija las disposiciones relativas a la disciplina y las garantías vinculadas a su aplicación.
Artículo 2 — Disciplina
Queda terminantemente prohibido a los participantes, bajo pena de sanción:
- Introducir o consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes, o encontrarse en estado de embriaguez en las instalaciones del centro de formación;
- Comer en las aulas;
- Fumar o vapear en el recinto del centro de formación;
- Acceder a las instalaciones fuera del horario de la formación e introducir o hacer introducir a cualquier persona ajena;
- Grabar o filmar las sesiones de formación, salvo autorización expresa (la conservación de mensajes o capturas de pantalla con vistas a una denuncia prevista en el artículo 2 bis no está sujeta a esta prohibición);
- Modificar la configuración de los ordenadores puestos a su disposición;
- Conectar cualquier equipo a las máquinas y a la red del centro de formación sin el acuerdo previo del formador;
- Llevar una vestimenta incompatible con las normas de higiene y seguridad;
- Introducir animales en las instalaciones, con excepción de los perros guía y de asistencia;
- Organizar o participar en reuniones en el centro de formación sin el acuerdo de la Dirección;
- Introducir objetos o mercancías destinados a su venta a otros participantes;
- Realizar cualquier acto que pueda atentar contra la seguridad, alterar el buen orden y la disciplina, o faltar al respeto a los demás;
- Proferir insultos o amenazas contra miembros del personal o contra otros participantes;
- Cometer cualquiera de las conductas mencionadas en el artículo 2 bis;
- Colocar carteles o anuncios de cualquier tipo;
- Negarse a cumplir las prescripciones relativas a la higiene y la seguridad.
Artículo 2 bis — Violencia, acoso y discriminación
Quedan prohibidas y son susceptibles de las sanciones previstas en el artículo 3, ya se cometan en las instalaciones, durante las pausas y las comidas organizadas por el centro de formación, mediante las herramientas de formación a distancia (aula virtual, chat, foro, mensajería) o durante las sesiones de evaluación de la certificación:
- Toda violencia física o verbal, amenaza o intimidación;
- La violencia sexista y sexual, en particular la conducta sexista (artículo L. 1142-2-1 del Código de Trabajo), el ultraje sexista o sexual (artículo R. 625-8-3 del Código Penal francés; artículo 222-33-1-1 para su forma agravada) y el acoso sexual (artículos L. 1153-1 y siguientes del Código de Trabajo; artículo 222-33 del Código Penal);
- El acoso moral (artículos L. 1152-1 y siguientes del Código de Trabajo; artículos 222-33-2 y 222-33-2-2 del Código Penal);
- Toda discriminación basada en alguno de los criterios previstos en el artículo L. 1132-1 del Código de Trabajo y en los artículos 225-1 y 225-2 del Código Penal;
- Toda medida de represalia contra una persona que haya denunciado hechos de buena fe o haya testificado sobre ellos.
Toda denuncia deliberadamente falsa también es susceptible de sanción.
Toda persona víctima o testigo de tales hechos puede dirigirse al referente de violencia sexista y sexual, acoso y discriminación de PCSoft (Dirección de RR. HH. o dirección) por correo electrónico a referent-vss@pcsoft.com. Esta dirección se comunica con la convocatoria y se expone en el aula de formación y en el espacio en línea. Las denuncias se tramitan conforme al «Procedimiento de prevención y tratamiento de la violencia, el acoso y la discriminación», que se pone a disposición de los participantes. Se garantiza la confidencialidad de los intercambios dentro de los límites necesarios para la tramitación de la denuncia.
La presentación de una denuncia penal sigue siendo un derecho de la víctima, independiente del procedimiento interno. En caso de peligro inmediato, llame al 17 o al 112.
Artículo 3 — Sanciones
Toda conducta considerada como falta por el centro de formación de PCSoft podrá, según su naturaleza y gravedad, ser objeto de una de las siguientes sanciones, por orden creciente de importancia:
- Amonestación por escrito del Director del centro de formación;
- Exclusión temporal o definitiva de la formación.
No podrá imponerse ninguna sanción al participante sin que este sea informado al mismo tiempo y por escrito de los cargos que se le imputan.
Cuando el centro de formación contemple imponer una sanción, convocará al participante mediante carta entregada en mano contra acuse de recibo, indicando el objeto de la convocatoria, la fecha, la hora y el lugar de la entrevista, salvo si la sanción contemplada no afecta a la asistencia del participante al resto de la formación.
Durante la entrevista, el participante podrá estar asistido por una persona de su elección, participante o empleado del centro de formación.
En la entrevista se comunicará al participante el motivo de la sanción contemplada; este podrá entonces aportar cualquier explicación o justificación de los hechos que se le reprochan.
La sanción no podrá imponerse antes de un día hábil completo ni más de quince días después de la entrevista. Será objeto de una decisión escrita y motivada, notificada al participante.
Cuando la conducta haya hecho indispensable una medida cautelar de exclusión temporal con efecto inmediato, no podrá adoptarse ninguna sanción definitiva relativa a dicha conducta sin haber respetado el procedimiento descrito en el presente artículo.
El organismo de formación informará simultáneamente al empleador y, en su caso, al organismo paritario o a la entidad financiadora que asuma los gastos de la formación, de la sanción impuesta.
Artículo 4 — Pérdida, robo o deterioro de objetos personales
PCSoft declina toda responsabilidad en caso de pérdida, robo o deterioro de los objetos personales de cualquier naturaleza depositados por los participantes en las instalaciones del centro de formación.
Artículo 5 — Higiene y seguridad
La prevención de los riesgos de accidentes y enfermedades es imperativa y exige de cada persona el respeto total de todas las prescripciones aplicables en materia de higiene y seguridad.
A tal efecto, las instrucciones generales y particulares de seguridad vigentes en el organismo, cuando existan, deberán respetarse estrictamente bajo pena de sanción (véase el artículo 3).
Cuando la formación tenga lugar en un emplazamiento externo, las instrucciones generales y particulares de seguridad y el reglamento interno aplicables serán los de la entidad de acogida y del centro de formación.
Toda persona presente en las instalaciones del centro de formación deberá conocer y aplicar las instrucciones de seguridad expuestas en los paneles destinados a la información general.
Todo participante deberá utilizar todos los medios de protección individual y colectiva puestos a su disposición para evitar accidentes y respetar estrictamente las instrucciones dadas a tal efecto.
Todo participante que tenga motivos razonables para pensar que una situación representa un peligro grave e inminente para su vida o su salud tiene derecho a abandonar las instalaciones. No obstante, esta facultad deberá ejercerse de manera que no genere para otras personas una nueva situación de riesgo grave e inminente.
El participante deberá comunicar inmediatamente al formador la existencia de la situación que considere peligrosa. Todo participante que haya constatado un fallo o una anomalía en las instalaciones o en el funcionamiento de los equipos deberá informar al formador o al responsable del centro de formación.
Todo incidente, aunque sea leve, deberá ser declarado inmediatamente a la Dirección por la víctima o el testigo (véase el artículo 8). Los hechos de violencia, acoso o discriminación se denuncian según las modalidades del artículo 2 bis.
En el interior de las instalaciones está o puede estar activo un sistema de videovigilancia.
Artículo 6 — Comidas
Las comidas del mediodía (gratuitas pero opcionales) se realizan en común en restaurantes cercanos al centro de formación. Las disposiciones del artículo 2 bis se aplican durante dichas comidas.
Si el participante sigue un régimen alimentario particular (alergia, intolerancia alimentaria, etc.), puede indicarlo (el restaurante intentará satisfacerlo en la medida de lo posible).
Artículo 7 — Organización y seguimiento de la formación
Las formaciones son accesibles a las personas con discapacidad, y el seguimiento de las adaptaciones acordadas inicialmente se realizará a lo largo de todo el itinerario del participante.
Además, las instalaciones permiten el acceso a personas con discapacidad, con los siguientes elementos: ascensor y rampa de acceso.
La inscripción en una formación se convierte en definitiva cuando el participante:
- Ha firmado su contrato de formación (pedido y/o convenio);
- Ha abonado los posibles gastos de inscripción vinculados a la formación y está al corriente del pago de los gastos pedagógicos correspondientes.
Los participantes están obligados a asistir a las clases, las evaluaciones, los trabajos prácticos y, en general, a todas las secuencias programadas por el centro de formación, con asiduidad y sin interrupción.
Cabe señalar que los días de ausencia se facturarán al participante. Los participantes firman hojas de asistencia por medias jornadas. Salvo en caso de fuerza mayor, los horarios deben respetarse escrupulosamente. Los participantes deben avisar al centro de formación en caso de ausencia, retraso o salida antes de la hora prevista.
Los métodos pedagógicos, la documentación y el software proporcionados están protegidos por derechos de autor y solo pueden reutilizarse para un uso estrictamente personal. Queda expresamente prohibida cualquier copia.
El participante debe conservar en buen estado, de manera general, todo el material puesto a su disposición durante la formación. No debe utilizar este material para fines distintos de los previstos para la formación, en particular para fines personales, sin autorización.
Artículo 8 — Baja por enfermedad o accidente de trabajo
Toda ausencia por enfermedad deberá justificarse mediante una baja médica expedida por un médico (entregar la fotocopia del ejemplar «empleador» al centro de formación, transmitiéndose el original al empleador o a France Travail) y enviarse al centro de formación en un plazo de 48 horas.
El participante deberá avisar a la Dirección del centro desde la primera media jornada de ausencia. En caso contrario, se considerará que el participante está en ausencia injustificada, con todas sus consecuencias.
Todo accidente corporal, cualquiera que sea su gravedad, deberá ponerse inmediatamente en conocimiento de la Dirección del centro de formación para permitir efectuar las declaraciones legales en los plazos establecidos.
El centro de formación ha suscrito un seguro de responsabilidad civil con Albingia (póliza n.º RC2505298) frente al propio participante, al personal de PCSoft y a la estructura del centro de formación.
Artículo 9 — Representación de los participantes
De conformidad con los artículos R. 6352-9 a R. 6352-15 del Código de Trabajo, la elección de un delegado titular y de un delegado suplente de los participantes solo es obligatoria para las acciones de formación cuya duración total sea superior a quinientas horas.
Dado que las formaciones impartidas por el centro de formación de PCSoft tienen una duración inferior a este umbral, no se organiza ninguna elección de representantes de los participantes.
Para cualquier formación que alcanzara dicha duración, el centro de formación organizaría la votación como pronto veinte horas y como tarde cuarenta horas después del inicio de la formación. En caso de imposibilidad de constituir dicha representación, se levantaría un acta de carencia (procès-verbal de carence) que se remitiría a la autoridad administrativa competente. Los representantes así designados presentarían cualquier reclamación individual o colectiva relativa a la formación, a las condiciones de higiene y seguridad y a la aplicación del presente reglamento.
Artículo 10 — Difusión y publicidad del reglamento
Se entrega un ejemplar del presente reglamento interno a cada participante antes de su inscripción definitiva. Se adjunta al convenio o contrato de formación, así como a la convocatoria enviada al participante, y está a su disposición durante toda la formación.
En las formaciones presenciales, el reglamento también se expone o se pone a disposición en las instalaciones del centro de formación. En las formaciones a distancia, es accesible desde el espacio en línea de la formación.
Hecho en Montpellier, el 14/09/2020 — última revisión el 13/10/2026
Esta versión en español es una traducción facilitada a título informativo. En caso de discrepancia, prevalecerá la versión francesa.